La Asociación de Agentes Aduanales de Tijuana y Tecate rememora a los residentes fronterizos sobre la normativa de la franquicia a la que tiene derecho, que de superar y no comprobar adecuadamente puede significar un cargo de impuestos del 19 por ciento.
Aram Hodoyán Navarro, presidente de la Asociación de Agentes Aduanales de Tijuana y Tecate, explicó que cada residente fronterizo puede cruzar diariamente mercancías con un valor total de franquicia de 150 dólares.
Debido a la dinámica en la franja fronteriza, es que los residentes tienen derecho a cruzar productos que no superen este valor. De lo contrario, se verán obligados a pagar un impuesto del 19 por ciento, respecto al excedente, al llegar a la Aduana de México.
Recordó que anteriormente se podía sumar esta cantidad por cada pasajero de un vehículo, pero ahora hay un límite de 400 dólares. Es decir, con dos pasajeros se puede sumar la franquicia para tener un valor total de 300 dólares, pero cuando son más de tres se detiene en 400 dólares.
El presidente de la Asociación de Agentes Aduanales destacó que es importante guardar los recibos de cada producto para comprobar la suma de la mercancía, porque en caso de superar el monto de la franquicia se debe pagar el impuesto correspondiente.
Si la franquicia es mayor a los 150 dólares, o 400 en caso de varios pasajeros, y no se muestran los comprobantes de pago, serán las autoridades aduaneras las encargadas de determinar el valor a discreción, para aplicar el 19 por ciento de IVA por el excedente.
Asimismo, especificó que casi todo tipo de mercancía se puede cruzar como franquicia, a excepción de bebidas alcohólicas, tabacos labrados y combustibles.
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