El pasado 18 de octubre, los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PAN), Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), presentaron los primeros recursos en contra el decreto No. 351, por medio del cual se reformó el artículo Octavo Transitorio de la Constitución de dicho estado, y con el que se amplía el mandato de Bonilla de dos a cinco años.
Un día antes, el gobernador de Baja California, Francisco Kiko Vega de Lamadrid, publicó el decreto que abrió las vías para impugnar la reforma, luego de semanas en las que el congreso de Baja California presentara como “extraviado” el documento que, al entrar en vigencia, podría ser objeto de la acción de inconstitucionalidad.
La última impugnación por esa vía, la presentó el gobierno de dicho estado, quien deberá entregar el poder a Bonilla el próximo 1 de noviembre. Aunque ya fueron asignados los números de expediente para las acciones de inconstitucionalidad, ninguna de las cinco objeciones a la ley ha sido admitida a trámite.
En el 2015, el ministro Fernando Franco tuvo la tarea de analizar y presentar el proyecto de la acción de inconstitucionalidad 13/2015, con la cual el partido Movimiento Ciudadano pretendió impugnar el tiempo de duración del mandato de Miguel Ángel Yunes Márquez, quien al igual que Baja California y Puebla, acortó su periodo de gobierno de seis a dos años para ajustarla con el calendario federal.
El dictamente de ese caso dice que "en opinión del partido político demandante, la elección de un gobernador cuyo mandato dure solamente dos años, atenta contra el desarrollo del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, porque no permitirá desarrollar la acción pública del depositario del Poder Ejecutivo local, impactando de manera negativa en la planeación, programación y ejecución de los programas de desarrollo regional, prestación de servicios, así como en la correcta capacitación, formación y resultados de los servidores públicos".
Aunque el alto tribunal aceptó a dicho partido político como actor legitimo para presentar la acción de inconstitucionalidad, no le dio la razón por presentarla en un periodo superior de tiempo en el que podría impugnarse una ley de esa naturaleza y ya haber acudido los ciudadanos a las urnas.
A decir de la consejera del Instituto Nacional Electoral, Pamela San Martín, este antecedente podría ser uno de los argumentos por los cuales la Suprema Corte acepte declarar anticonstitucional la ampliación de mandato de Jaime Bonilla.
*Vía Proceso.
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