Baja California

¡Recuerda! Aumento a salario mínimo ya entró en vigor en Baja California

A partir de este martes 1 de enero el Salario Mínimo General será de 176.72 pesos por día

Este martes 1 de enero entró en vigor la nueva política de salarios mínimos, con la cual a nivel nacional el salario pasa de 88.36 pesos a 102.68 pesos, mientras que en la zona libre de la frontera norte se incrementa de 88.36 a 176.72 pesos por día

La zona libre está integrada por 41 municipios de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, entre los que se encuentran: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en Tamaulipas.

El acuerdo de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) establece que la utilización del Monto Independiente de Recuperación (MIR) es el mecanismo de recuperación y es una cantidad absoluta en pesos, por lo que su objetivo es única y exclusivamente contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general.

Por ello, dicho instrumento no debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral (salarios contractuales, federales y de la jurisdicción local, salarios diferentes a los mínimos y a los contractuales, salarios para servidores públicos federales, estatales y municipales, y demás salarios del sector informal)”.

Del mismo modo, el MIR podrá ser aplicado tanto en un procedimiento de revisión salarial como de fijación salarial previstos en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo”.

La Secretaría del Trabajo reiteró que el aumento al salario mínimo, no afecta los créditos de vivienda vigentes y en proceso otorgados por el Instituto del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), ni el pago de contribuciones u obligaciones ante el gobierno federal ni las entidades federativas debido a que las aportaciones tasadas en Veces el Salario Mínimo (VSM) fueron desvinculadas desde 2016 y su referente para la cuantía del pago se establece en la Unidad de Medida y Actualización conocida como UMA.

Nota publicada originalmente en Noticias MVS

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